Bases y condiciones promo “Adhesión a factura electrónica!”

Bases y Condiciones

Tevecon S.A, Televisora del Este S.R.L, Merco Comunicaciones S.A. y Concordia Video Cable S.A. (en adelante Los Organizadores) , todas con domicilio en la calle 9 de Julio 172 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, República Argentina, organizan el presente Sorteo (en adelante "El Sorteo"), sujeto a las siguientes Bases y Condiciones (en adelante "Las Bases"):

1. Aceptación de las Bases.-

Toda persona que intervenga en el presente Sorteo, por su sola participación, acepta de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en las presentes Bases, que se encuentran a disposición del público en el centro de cobranza de Los Organizadores, en Galerías Paseo Real Locales 9 y 10, sito en la calle Pellegrini N°599 de la Ciudad de Concordia. Asimismo, las bases podrán consultarse en la web site de Tevecon S.A y Concordia Video Cable S.A. http:// www.videocableconcordia.com.ar , como así también en la web site de Merco Comunicaciones SA www.megacable.com.ar sucursal Concordia.

2. Vigencia y Territorio.-

El sorteo será válido en el territorio de la Ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos (en adelante "El Territorio") y estará vigente hasta el día 27 de julio de 2020, inclusive, fecha de su cierre.

3. Requisitos y Mecánica de participación para los sorteos.-

Podrá participar del Sorteo toda persona mayor de 21 años de edad, que resida en el "El Territorio", y que sea abonada activa de cualquiera de "Los Organizadores" y reúna el siguiente requisito:
*se encuentre adherida a la factura electrónica de cualquiera de los servicios prestados por los organizadores (Televisión por cable y/o Internet) al día 27 de julio de 2020.

4. Premios.-

El premio a sortear será el siguiente:
• Smart TV 55 pulgadas ultra HD marca Net Runner (o similar).

5. Sorteo: Fecha, lugar, adjudicación y entrega.-

Fecha del “Sorteo”:
El sorteo se realizará mediante bolillero en vivo el noticiero de Canal 2 Local “CN 1° edición”, realizado por persona a designar por “Los Organizadores”
El día del sorteo será el jueves 30 de julio de 2020 y será realizado en vivo en el noticiero “CN 1° edición”
El día de realización del sorteo podrá ser modificado por "Los Organizadores" en caso que existan razones que así lo justifiquen, comunicando tal decisión en alguno de los medios en los que se haya anunciado la realización de "El Sorteo".
El nombre del ganador, junto con sus datos, serán emitidos en los noticieros locales “A primera Hora”, “CN” 1° edición y “CN” 2° edición, dentro de las 48 horas.
Finalizado el sorteo, dentro de las 48 horas, se notificará al potencial ganador vía telefónica y/o e-mail y a través de una publicación en la página Web. De no reclamar el premio dentro de los 15 (quince) días corridos desde la fecha de realización del sorteo, caducará automáticamente el derecho del ganador de recibir su premio, sin más trámite y sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial alguna, renunciando los mismos al derecho a posterior reclamo, indemnización y/o compensación alguna.
Al momento de la entrega del premio, el ganador se presentará con DNI y firmará la Documentación de Recepción del Premio, aceptación de Bases y Condiciones y Exoneración de Responsabilidad
En caso que el premio asignado no sea reclamado y retirado por el Ganador correspondiente en el plazo establecido (15 días corridos a partir de la fecha de sorteo), el premio quedará sin efecto y no realizará un nuevo sorteo para obtener un ganador.

6. Cancelación, Modificación o Suspensión.-

En caso de producirse circunstancias no imputables a "Los Organizadores", y no previstas en las Bases y Condiciones, o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor, se podrá cancelar, suspender o modificar los sorteos de la Promo “Adhesión a la factura electrónica” y/o la entrega del Premio, comunicando dicha circunstancia a través de alguno de los medios en los que se hayan anunciado la realización de los mismos.

7. Acciones Promocionales.-

Los Organizadores se reservan el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que consideren conveniente sobre el sorteo promo “Adhesión a la factura electrónica!” y de la adjudicación del Premio al Ganador. Con la sola participación en el sorteo, el Ganador y sus acompañantes, familiares o no, prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres y apellidos, filmación y/o imágenes fotográficas de ellos, datos personales y toda otra información requerida a los efectos del presente Sorteo, en radio, televisión, Internet, medios gráficos y/o cualquier otro medio de exhibición existente y/o a crearse en el futuro que "Los Organizadores" dispongan. En virtud de esta autorización, los Ganadores y sus acompañantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

8. Responsabilidades.-

Los participantes serán responsables del contenido de todos los datos registrados en su cuenta los cuales podrán ser difundidos en cualquier medio existente.
La responsabilidad de "Los Organizadores" finaliza al poner a disposición del Ganador el Premio al que se hizo acreedor, y de ninguna manera se extiende la misma. En caso que el premio presentase en un futuro inmediato o lejano, problemas de cualquier índole, "Los Organizadores" no tendrán responsabilidad alguna frente al Ganador.
"Los Organizadores" no serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en su persona y/o bienes, y/o terceros, con motivo o en ocasión del uso del Premio.

9. Misceláneos

Las decisiones de "Los Organizadores" sobre los aspectos de los sorteos y su reglamento serán definitivas e inapelables.
No podrán participar en el mismo los empleados de "Los Organizadores", sus sociedades como así tampoco sus cónyuges e hijos. Tampoco aquellas instituciones y/o personas que posean el servicio de Televisión por cable y/o Internet en forma bonificada.

La entrega de números para participar del sorteo será por sistema y al azar, otorgando un número por cada abonado que cumpla con el requisito, vía mail el día 28 de julio 2020 ( a la dirección que recibe la factura electrónica) independientemente de los servicios que tenga contratados. Dicho número tendrá la leyenda “Número para participar de la promo Adhesión a factura electrónica!”.

En el caso que el abonado reúna el requisito pero no haya recibido el mail con el número para el sorteo, podrá reclamarlo en forma personal en 9 de Julio Nº172 en el horario de 8.00 a 12.00 el día 29 de julio 2020. Si por error de sistema se le asignaran números para participar a abonados que no reúnan los requisitos, y su/s número/s resultaran favorecidos en el sorteo, estos quedaran excluidos automáticamente del sorteo y se realizaran tantos sorteos más hasta obtener al ganador.

No podrán participar en el Sorteo todos aquellos abonados que posean el servicio bonificado (en forma total o parcial), como por ejemplo en el caso que fuera así, comisarías, delegación de bomberos, hospitales, escuelas, hogares de niños, empleados de los “Organizadores”, etc.
"Los Organizadores" se reservan el derecho de modificar las presentes Bases cuando lo consideren oportuno, comprometiéndose en tal supuesto a notificar dicha decisión por alguno de los medios en que se publicaron las mismas.
Cualquier violación a las presentes Bases o a los procedimientos o sistemas establecidos por Los Organizadores para la realización de los Sorteos, implicará la inmediata exclusión del participante y/o la revocación del premios adjudicado.

Para el caso de dudas o divergencias para la aplicación de las presentes bases corresponderá la jurisdicción a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos de conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia dichas bases, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.




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